Reclamar una cuota alimentaria no comienza necesariamente en un juzgado. Antes de llegar a esa instancia suelen existir pedidos, conversaciones, acuerdos y distintos intentos para que el otro progenitor asuma una responsabilidad que también le corresponde.
Cuando esos mecanismos no funcionan, muchas mujeres terminan iniciando un proceso judicial que puede extenderse durante años y que no siempre garantiza que el pago se cumpla.
Paola Natacha Ibáñez es abogada, mamá y referente del colectivo Madres Abogadas Contra el Incumplimiento Alimentario, un espacio integrado por profesionales entre las que se destacan también Flavia Moncunill y Emilce Heredia, madres y una psicóloga que comenzó a organizarse a partir de situaciones concretas de mujeres que atravesaban dificultades para acceder a la cuota alimentaria.
El colectivo reúne a alrededor de 100 personas y trabaja, entre otras cuestiones, en informar a las madres sobre sus derechos y sobre las distintas etapas que atraviesa un reclamo.
Ibáñez explicó que existe una naturalización del incumplimiento alimentario y del esfuerzo que realizan las mujeres para sostener solas las necesidades de sus hijos.
Según señaló, de cada 10 personas que tienen una cuota alimentaria, ocho padres incumplen con ella. La abogada vinculó esta situación con que, en la mayoría de los casos, las tareas de cuidado continúan quedando a cargo de las mujeres.

Un proceso que puede durar años
El reclamo de alimentos puede comenzar después de un largo período de pedidos y acuerdos que no llegaron a cumplirse. Una vez iniciado el camino judicial, existe una instancia de mediación previa obligatoria y, si no hay acuerdo, se puede avanzar con el juicio.
El proceso contempla alimentos provisorios y definitivos. Si el obligado continúa sin cumplir, se deben ejecutar esos incumplimientos y pueden intervenir otras figuras previstas por la legislación.
Ibáñez explicó que la obligación alimentaria no comprende solamente la comida. También incluye aspectos vinculados con el vestido, la educación y el esparcimiento de niños, niñas y adolescentes.
La responsabilidad puede extenderse hasta los 21 años y, en determinadas circunstancias, hasta los 25, cuando el hijo continúa estudiando y no puede trabajar para sostenerse económicamente.
Por eso, el reclamo no es una situación puntual. Puede convertirse en un proceso que acompaña durante muchos años la crianza.
Cuando la responsabilidad termina recayendo en una sola persona
“Hay que acompañarlo económicamente”, explicó Ibáñez al referirse al período durante el cual los hijos necesitan ese sostén.
El problema aparece cuando una de las partes no cumple y la otra debe cubrir aquello que falta.
La abogada, que trabaja con perspectiva de género y de infancia, puso el foco también en el impacto que esta situación tiene sobre las mujeres. No se trata solamente de afrontar gastos: quien está a cargo de los hijos también sostiene diariamente cuestiones vinculadas con la escuela, la salud, las necesidades emocionales y las distintas situaciones que aparecen durante la crianza.
A eso se suma la exigencia social sobre las mujeres para que puedan cumplir con el trabajo, el cuidado de sus hijos, su propia salud física y mental y, además, resolver las necesidades económicas del hogar.
“Hay que cuidar la salud mental de las mamás que maternan en soledad”, sostuvo Ibáñez, y señaló que ese desgaste también puede tener un impacto indirecto en los niños.

“Maternar en soledad” y una responsabilidad que debe ser compartida
Para Ibáñez, maternar en soledad no significa solamente criar sin una pareja. También implica la falta de una red de apoyo y, particularmente, que una de las personas que debería compartir la responsabilidad parental no lo haga.
Desde esa mirada, la discusión sobre la cuota alimentaria excede el dinero.
Un hijo necesita comer, ir a la escuela, acceder a atención médica, realizar actividades y contar con acompañamiento. Cuando uno de los progenitores no cumple, esas necesidades continúan existiendo y alguien tiene que resolverlas.
Muchas veces ese alguien termina siendo la madre.
“Debería haber un par, por eso se llama responsabilidad parental”, explicó Ibáñez. La responsabilidad, sostuvo, debería ser asumida por ambos progenitores y no quedar concentrada en quien tiene a cargo cotidianamente a los hijos.
También cuestionó el rol de las familias paternas frente a los incumplimientos. Consideró que no deberían mirar hacia otro lado cuando un hijo o una hija necesita que su padre cumpla con su obligación.
Una cuota alimentaria no es un favor
El reclamo también plantea una cuestión central: la cuota alimentaria no es una ayuda económica para la madre.
“La cuota alimentaria no es un favor, es un derecho de niños, niñas y adolescentes y una responsabilidad parental”, remarcó Ibáñez.
Cuando ese derecho no se cumple, las consecuencias no recaen únicamente sobre la mujer que debe iniciar el reclamo. También afectan la vida cotidiana de los hijos.
Por eso, hablar de incumplimiento alimentario implica hablar de quién sostiene económicamente una crianza, quién se ocupa de las tareas de cuidado y qué sucede cuando una de las partes deja de asumir la responsabilidad que le corresponde.
Maternar en soledad no debería ser una condición naturalizada. Y el reclamo de una cuota alimentaria no debería entenderse como un pedido de ayuda, sino como lo que es: la exigencia de que una responsabilidad parental sea cumplida.



