Un juicio atravesado por acusaciones graves, contradicciones y un fuerte debate sobre la vulnerabilidad de las víctimas terminó con una condena efectiva. El tribunal resolvió imponer cinco años de prisión a un hombre de apellido Más, tras encontrarlo culpable de lesiones agravadas por el vínculo en contexto de violencia de género, coacción y abuso sexual simple doblemente agravado contra la hija de su expareja.
El proceso oral se extendió durante dos semanas y tuvo un giro clave cuando la denunciante modificó su testimonio en pleno debate. En su declaración, sostuvo que la relación sexual había sido consentida y aseguró que su hija, de 13 años, habría mentido inicialmente por un conflicto personal. Este cambio fue uno de los puntos más discutidos del juicio.
Pese a esa retractación, desde la UFI CAVIG —a cargo de la fiscal Claudia Ruiz Carignano y la ayudante fiscal Silvina Zogbe— sostuvieron la acusación inicial. Explicaron que este tipo de modificaciones en el relato son frecuentes en contextos de violencia de género, donde el miedo, la dependencia emocional o la presión del entorno pueden condicionar a las víctimas
El tribunal, integrado por los jueces Matías Parrón, Carolina Parra y Celia Maldonado, consideró acreditados varios de los hechos denunciados. Por unanimidad, condenó al acusado por lesiones, coacción y abuso sexual simple agravado. Sin embargo, por mayoría, lo absolvió del delito de abuso sexual con acceso carnal, en parte por el cambio en la declaración de la mujer.
Durante el juicio se valoraron múltiples pruebas: llamados al 911, informes médicos por lesiones y testimonios que describieron episodios de violencia y la huida de la víctima junto a sus hijas. También se incorporó el impacto en el entorno familiar, especialmente en una niña de cinco años que presenció parte de los hechos y presentó alteraciones del sueño, pesadillas y episodios de enuresis nocturna.
Un elemento central fue el análisis psicológico de la denunciante, que confirmó la presencia de síndrome de indefensión aprendida, un cuadro que implica dependencia emocional y económica del agresor y que puede influir directamente en sus decisiones y declaraciones.
La fiscal Ruiz fue crítica con los puntos no acreditados del fallo y remarcó la gravedad del caso. “Hubo hechos de una brutalidad extrema y violencia hacia una niña. Ante pruebas contundentes y el interés superior del menor, el avance de la causa es inevitable”, sostuvo.
Además, se expuso que, aun estando bajo medidas judiciales, el acusado logró retomar contacto con la víctima, lo que habría incidido en su cambio de postura. Desde el Ministerio Público remarcaron que, ante pedidos de “levantar” denuncias, se activan protocolos específicos con intervención de equipos psicológicos para determinar si la decisión es libre o producto de coacción.
En su alegato, la fiscalía había solicitado una pena de ocho años de prisión, al considerar que existía un patrón sostenido de violencia. La defensa, en cambio, pidió una condena menor y de ejecución condicional, argumentando la falta de antecedentes y el rol del imputado como sostén económico.
Finalmente, el tribunal optó por una condena intermedia, dejando en claro que, más allá de las contradicciones en el testimonio, las pruebas reunidas fueron suficientes para acreditar parte de los hechos y dictar una pena de cumplimiento efectivo.



