La Corte de Justicia de San Juan, liderada por su presidente Marcelo Jorge Lima, aprobó una significativa extensión de la licencia por nacimiento para progenitores no gestantes, pasando de 5 a 15 días corridos. Esta modificación, incluida en el Acuerdo General N° 92/2024, también equipara la situación de la guarda con fines de adopción al nacimiento, un avance que busca reconocer la diversidad de familias y la importancia del vínculo afectivo en los primeros días de vida.
La nueva regulación establece que, en caso de nacimiento o guarda de más de un niño, niña o adolescente, el plazo de licencia se ampliará a 30 días. La decisión se enmarca dentro de una revisión necesaria de las normativas, que habían permanecido sin cambios por dos décadas. El acuerdo modifica el inciso d) del artículo 40 del Acuerdo General Nº 24/98, que anteriormente otorgaba solo cinco días hábiles a los progenitores no gestantes. Ahora, el texto actualizado establece: “por nacimiento de un hijo/a o guarda con fines de adopción de un niño, niña o adolescente, quince (15) días corridos al progenitor no gestante”.
El Dr. Lima y los ministros de la Corte argumentaron que “cinco días es un lapso excesivamente escaso para la necesaria y legítima vinculación afectiva y psicológica entre padres e hijos en los primeros días de contacto”. La Corte subrayó la importancia de adaptar las regulaciones a los principios del “Interés Superior del Niño” y a las nuevas concepciones sobre maternidad y paternidad, que reflejan la diversidad en las estructuras familiares actuales.
Además, se estipula que las licencias deberán ser otorgadas tras la acreditación del parto o de la resolución que otorgue la guarda, dentro de un plazo no mayor a 5 días desde el evento generativo. Con esta decisión, la Corte de Justicia avanza hacia una legislación más inclusiva y acorde a las realidades contemporáneas, buscando fortalecer el rol parental en los momentos cruciales de la vida familiar.